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sustantivo masculino ( m.) Religión (Rel.) Congreso de obispos y otros eclesiásticos de la Iglesia católica para deliberar y decidir sobre las materias de dogmas y de disciplina. concilio en el Derecho UsualCongreso o junta de personas eclesiásticas; y, especialmente, la reunión de los obispos de la Iglesia católica para deliberar, y decidir sobre materias de dogma y disciplina. Los concilios pueden ser generales y particulares, según sean convocados todos los obispos católicos o se congreguen solamente los de una región eclesiástica. Los primeros se designan comúnmente ecuménicos.
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es, Religión
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Publicado el 5/06/2018. |