Jojooa

«concilium manumissionis»

Locución latina. Consejo de manumisiones. La junta romana compuesta por cinco senadores y otros tantos caballeros, presididos por el pretor o el cónsul, que Unía por función resolver si el dueño de esclavos menor de 20 años tenía motivos justificados para liberar a un esclavo, o si concurrían legítimas causas para manumitir al esclavo menor de 30 años. En el primer caso, la restricción se fundaba en que la libertad requiere más edad para concederla; y en el segundo, que también eran precisos más años para gozarla. En las provincias, este «concilium» lo presidía el gobernador y lo integraban 24 «recuperadores» (v.e.v.).

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