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Concurrencia constituye, además, un lamentable galicismo, por demás empleado; hasta el punto de haber penetrado en el Cód. Pen. esp. en el art. 540, en lugar de la palabra correcta: competencia o rivalidad (sea comercial, industrial o de otra naturaleza). El art. 159 del Cód. Pen. arg. procede con mayor corrección gramatical «al definir delito análogo, (v. COMPETENCIA DESLEAL.)
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 16/06/2018. |