m. Mamífero roedor doméstico. Mide de 30 a 40 cm, orejas tan largas como la cabeza, labio superior partido, pelaje blanco o grisáceo y patas posteriores más largas que las anteriores. Se cría por su carne y su pelo.

    sustantivo masculino ( m.) Zoología (Zool.) Mamífero muy prolífico, del orden de los roedores, pelo espeso de color ordinariamente gris, orejas largas, patas posteriores más largas que las anteriores y carne comestible. ¤ CONEJAL O CONEJAR ; CONEJERO, RA ; CONEJUNO, NA .

    conejo en el Derecho Usual

    El art. 613 del Cód. Civ. esp. dispone, en relación con la propiedad de este prolífico animal, que si de su criadero pasare a otro de distinto dueño, será de propiedad de éste, siempre que no haya sido atraído por artificio o fraude. Entendemos que el precepto no excluye el derecho del dueño primitivo para reclamar en seguida el conejo que se le haya escapado de su conejera o corral y que haya perseguido sin dilación.

Tema: Derecho Civil, Enciclopedia Escolar, Que es, Zoología

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Publicado el 5/06/2018.