f. Trama, complot.

    confabulación en el Derecho Usual

    Acción o efecto do confabular o confabularse. El acto de ponerse de acuerdo dos o más personas sobre un negocio en que no son ellas solas las interesadas, para perjudicar a terceros. En Derecho Penal se toma como equivalente de conspiración o trama de un delito, especialmente cuando va dirigido contra los poderes públicos. En sentido psiquiátrico, con repercusión en cierta clase de delincuentes, se entiende por confabulación el complemento inconsciente, a través de representaciones subjetivas y de apariencia probable, de las lagunas surgidas en el recuerdo. Estas confabulaciones son productos de la senilidad o decadencia, o de amnesias parciales. Como no siempre revelan mala fe, resultan peligrosas en las declaraciones acusatorias de testigos dignos de crédito y veraces en algunos otros aspectos. Pueden conducir asimismo a una falsa autoacusación o a imputarse agravantes inexistentes.

Tema: Derecho Penal, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.