El término con- flicto, expresa el mexicano Castoreña, cuyo sentido de choque, de combate, es innegable, ha tomado definitivamente en Derecho Industrial carta de naturalización para expresar, dentro de él, lo que en Derecho Común se llama pleito. Los conflictos de trabajo son los choques que se producen como consecuencia de las relaciones entre patronos y obreros, pudiendo ser individuales (como reclamaciones, quejas y litigios), y colectivos (la huelga y el lock out). (v. CONFLICTO COLECTIVO e INDIVIDUAL DE TRABAJO; "LOCK OUT".)