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 • Construcción (Const.) Operación que se realiza para evitar movimientos de tierra y prevenir desmoronamientos. • Economía (Econ.) Conversión de obligaciones a corto plazo en obligaciones a largo plazo para sanear la deuda pública. consolidación en el Derecho UsualAcción o efecto de consolidar. Firmeza, solidez. Liquidación de una deuda flotante al convertirla en fija. Aseguramiento de un régimen político o de un gobierno, por su acertada gestión o por eliminar a los opositores.Dentro del Derecho Gvil, consolidación quiere decir reunión en una persona de las facultades del dominio antes divididas, dispersas. Así, como expresa el art. 564 del Cód. Civ. esp.: "Las servidumbres se extinguen: 19 por reunirse eíf una misma persona la propiedad del predio dominante y la del sirviente. . En cuanto al usufructo, el art. 513, en su n 39, incluye entre sus causas de extinción la. "reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona . (v. los arts. 2.928 y 2.929 del Cód. Civ. arg.) El dominio se consolida también por la redención de los censos y por el comiso enfitéutico. (v. COMISO, CONFUSIÓN DE DERECHOS, REDENCIÓN, SERVIDUMBRE, USUFRUCTO.) (1.912.) 
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			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 13/06/2018. | 

 
