m. Unión y compañía de los que viven juntos . Derechos y obligaciones de los que viven en un mismo edificio (consorcio de propietarios).

    sustantivo masculino ( m.) Participación y comunión de una misma suerte con uno o varios.
    • Unión o compañía de los que viven juntos.
    Economía (Econ.) Asociación de empresas para defender intereses comunes.

    consorcio en el Derecho Usual

    Forma de asociación en que dos o más empresas se reúnen para actuar unidas, bajo una misma dirección y reglas comunes, aunque conservando su personalidad e independencia jurídicas, (v. "KARTELL".) Participación en el destino; suerte común. Por extensión, matrimonio, sociedad conyugal. Convivencia; cohabitación.

Tema: Derecho General, Economía, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 5/06/2018.