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 sustantivo masculino ( m.) Participación y comunión de una misma suerte con uno o varios. • Unión o compañía de los que viven juntos. • Economía (Econ.) Asociación de empresas para defender intereses comunes. consorcio en el Derecho UsualForma de asociación en que dos o más empresas se reúnen para actuar unidas, bajo una misma dirección y reglas comunes, aunque conservando su personalidad e independencia jurídicas, (v. "KARTELL".) Participación en el destino; suerte común. Por extensión, matrimonio, sociedad conyugal. Convivencia; cohabitación.
			Tema: Derecho General, Economía, Enciclopedia Escolar, Que es 'consorcio' aparece también en las siguientes entradas: 
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 5/06/2018. | 

 
