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sustantivo masculino ( m.) Acción y efecto de tocarse dos o más cosas. • Electricidad (El.) Conexión entre dos partes de un circuito. • Electricidad (El.) Dispositivo para establecer esta conexión. • fig. Relación o t de costes nacional. contacto en el Derecho UsualEn lo sensitivo y físico, acción y efecto de tocar entre sí dos cosas. En lo figurado y social, relación personal intermitente. Fase primaria del proceso de asociación; ya sea de amistad o amor, de sociedad, partido o grupo. | | Trato. ¡¡ Comunicación. Alianza.En lo corporal, los contactos deshonestos, ya rechazados por una de las partes o con publicidad, originan delitos o faltas de escándalo público y contra la honestidad, (v. CÓPULA CARNAL.)
Tema: Derecho General, Electricidad, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |