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 Además de sus específicas tareas sobre la contabilidad marítima, este contador desempeña importantes funciones de índole civil. Así, autoriza los matrimonios que se celebran a bordo en caso de inminente peligro de muerte, que se entienden condicionados a la prueba legal de libertad de los contrayentes (art. 94 del Cód. Civ. esp.). Además, ante el contador de un barco de guerra, o del que haga sus veces, cabe otorgar testamento abierto o cerrado (art. 722 de igual cód.). 
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 16/06/2018. | 

 
