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En realidad, el contrato colectivo de trabajo se divide en contrato sindical, el celebrado entre uno o varios patronos con uno o más sindicatos de trabajadores, y el contrato por equipo, pactado por un grupo de trabajadores no sindicados, cnando los integrantes del mismo han convenido aceptar conjuntamente la responsabilidad de la ejecución del trabajo.
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 16/06/2018. |