Variedad del con- trato colectivo de trabajo (v.e.v.) la constituye el contrato por equipo. Ramírez Gronda lo caracteriza como aquel que consiste «en contratar directamente con los trabajadores, quienes se han unido ocasionalmente para efectuar un trabajo en común, mediante una remuneración global, y que el jefe del grupo distribuye entre los obreros en la forma convenida».
En realidad, el contrato colectivo de trabajo se divide en contrato sindical, el celebrado entre uno o varios patronos con uno o más sindicatos de trabajadores, y el contrato por equipo, pactado por un grupo de trabajadores no sindicados, cnando los integrantes del mismo han convenido aceptar conjuntamente la responsabilidad de la ejecución del trabajo.