Falta que se comete al no cumplir lo ordenado. Transgresión de la ley cuando se obra contra ella o en fraude de la misma.
    Siempre que se quebranta lo mandado, existe contravención, unas veces sancionado, y otras no, según la naturaleza y disposiciones de la ley contravenida y de las normas penales en general, (v. LEY IMPERFECTA.) En algunos ordenamientos jurídicos, que establecen una división tripartita de la infracción penal, se reserva el término de contravención para la más benigna; así, en la legislación francesa, además de crímenes y delitos, están las contravenciones, castigadas tan sólo con penas de simple policía. Vienen a constituir las faltas de la legislación penal hispanoamericana. (v. CRIMEN, DELITO, FALTA.)
Tema: Derecho Penal, Que es

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Publicado el 16/06/2018.