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 La Ley arg. de matr. civ. es más expedita en los plazos, actitud lógica para impedir situaciones paradójicas e inmorales. En los casos de violencia, dolo y error que vicien el consentimiento, la acción se extingue para el marido si ha habido cohabitación durante tres días después de conocido el error o el dolo, o de suprimida la violencia; y para la mujer, durante treinta días después (art. 85, n«? 3?). Entendemos que tal "cohabitación" se refiere a la simple convivencia, sin profundizar en intimidades de espinosa prueba. 
			Tema: Derecho Civil, Que es 'convalidación del matrimonio' aparece también en las siguientes entradas: 
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 16/06/2018. | 

 
