Contabilidad (Cont.) Cuenta corriente en la que el banco o banquero autoriza al titular para disponer, sobre su saldo favorable, de mayor cantidad, que suele fijarse, con exigencia de garantía o sin ella.
cuenta de crédito en el Derecho Usual
Cuenta corriente bancaria en que se autoriza al cuentacorrentista para disponer de cantidades sobre el saldo favorable, ya pidiendo garantía o sin ella. (v. CUENTA CORRIENTE BANCARIA.)