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demolición en el Derecho UsualAcción o efecto de demoler. | | Derribo de una construcción.Para el propietario de un edificio, pared, columna o cualquiera otra construcción que amenace ruina, el art. 389 del Cód. Civ. esp. establece como obligatoria la demolición, o la reparación para evitar, la caída.
Tema: Derecho Civil, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |