El reconocido al patrono, empresario o representante autorizado del mismo, para dirigir las tareas asignadas a los trabajadores teniendo en cuenta las necesidades y conveniencias de la producción; y sin constituir en forma alguna autoridad personal distinta sobre los subordinados. Complemento de ests derecho reside en el poder disciplinario, con arreglo a los reglamentos, convenios y costumbres, (v. CONTRATO DE TRABAJO, SUBORDINACIÓN.)
Tema: Derecho Laboral, Que es

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Publicado el 16/06/2018.