El que asiste a todo ciudadano para desobedecer y oponerse pacíficamente y en tono comedido a los mandatos abusivos y a los actos arbitrarios o ilegales de la autoridad. Obsérvese que el Cód. Pen. esp., al penar el atentado y el desacato, declara expresamente que la autoridad o sus agentes han de hallarse "ejerciendo las funciones de sus cargos" (arts. 231 y 240), y no las ejercen cuando faltan a sus deberes.

Tema: Derecho Penal, Que es

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Publicado el 16/06/2018.