El procedente de modo directo de Dios, por la revelación o por ley natural, a través de lo que la recta razón dicta a los hombres. Pueden considerarse en general de Derecho Divino todos los dogmas insertos en las Sagradas Escrituras, en contraposición al Derecho Eclesiástico, autorizado por los pontífices, para la interpretación de aquéllas y el mejor gobierno espiritual de los fieles, (v. DERECHO CANÓNICO.) (276, 3.470.)