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 despernar en el Derecho UsualCortar las piernas. Como mutilación delictiva, es lesión grave, (v. art. 420, n 2, del Cód. Pen. esp.)
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 13/06/2018. | 
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 despernar en el Derecho UsualCortar las piernas. Como mutilación delictiva, es lesión grave, (v. art. 420, n 2, del Cód. Pen. esp.)
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 13/06/2018. |