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despernar en el Derecho UsualCortar las piernas. Como mutilación delictiva, es lesión grave, (v. art. 420, n 2, del Cód. Pen. esp.)
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 13/06/2018. |
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despernar en el Derecho UsualCortar las piernas. Como mutilación delictiva, es lesión grave, (v. art. 420, n 2, del Cód. Pen. esp.)
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 13/06/2018. |