La mujer que ha solicitado y obtenido el divorcio o aquella de la cual se ha separado legal y judicialmente el marido. Destacamos la voz por cuanto el Cód. Pen. esp. de 1932 incluyó a la divorciada, junto a la soltera y a la viuda, entre las víctimas de la violación, estupro o rapto que debían ser dotadas por el reo de alguno de aquellos delitos (art. 444). (v. DIVORCIO.)
Tema: Derecho Penal, Que es

'divorciada' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 16/06/2018.