f. Barco. Acción de embarcar personas o de embarcarse.

    sustantivo femenino ( f.) Barco.
    • Embarco.
    Marina y Naútica (Mar.) Tiempo que dura la navegación de una parte a otra.

    embarcación en el Derecho Usual

    Cualquier género de nave o barco con el cual se pueda navegar; o sea aquella construcción que, flotando, sirve para transportar por agua personas o cosas. El concepto, a causa de los submarinos, ha de ser ampliado o rectificado en el sentido de que a la flotabilidad no la contradice la capacidad de sumergirse a voluntad, para luego reaparecer.
    Embarcación significa, asimismo, embarco o acción de embarcar, y el tiempo invertido en una navegación. Las consideraciones jurídicas más importantes relacionadas con esta voz, se tratan en el artículo BUQUE.

Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Marina y Naútica, Que es

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Publicado el 5/06/2018.