tr. Dejar en prenda una cosa para seguridad de un pago. Obligar. Ú.t.c.prnl. prnl. Endeudarse. Insistir con empeño y tesón para lograr algo.

    verbo transitivo ( tr.) Dar o dejar una cosa en prenda para seguridad de la satisfacción o pago.
    • verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Precisar, obligar
    • verbo transitivo ( tr.) Poner a uno por empeño o medianero para conseguir alguna cosa.
    • pronominal ( prnl.) Endeudarse, entramparse.
    • Insistir con tesón en una cosa.
    • Interceder, hacer uno el oficio de mediador para que otro consiga lo que pretende.
    • verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Empezar, trabarse una lucha.
    Marina y Naútica (Mar.) Aventurarse o exponerse un buque a riesgos y averías sobre la costa. ¤ EMPEÑADO, DA .

    empeñar en el Derecho Usual

    Dar o dejar algo en prenda o como señal, para seguridad de la satisfacción de lo adeudado o reintegro de lo percibido. | | Obligar algunos bienes raíces para pago o satisfacción de la deuda contraída. Designar a alguien por empeño, padrino o mediador para obtener una cosa. (v. EMPEÑO, HIPOTECA, MONTE DE PIEDAD, PRENDA.)
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Marina y Naútica, Que es

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Publicado el 5/06/2018.