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sustantivo femenino ( f.) Acción y efecto de encomendar. • Encargo. • Militar (Mil.) Dignidad de algunoss caballeros de las órdenes militares y cruz que llevan en las capas. • Historia (Hist.) Pueblo o asentamabor conquistadora y colonizadora, o en forma de servicios personales ( e. de servicios ), a cambio de que el encomendero se encargara de la instrucción y evangelización de los indígenas. Concebida inicialmente en las Antillas como e. de servicios para obligar a los indígenas a adquirir hábitos de trabajo, al pasar al continente se transformó de hecho en e. de tributo, acostumbrados como estaban los pueblos mesoamericanos y andinos a pagar tributos al imperio azteca o incaico. Los gravísimos abusos a que dio lugar la e. y las denuncias efectuadas por fray Antonio de Montesinos y el padre Bartolomé de las Casas, entre otros, motivaron la redacción de las leyes de Burgos (1512) y las leyes Nuevas (1542), que pretendían reglamentar la institución e incluso suprimirla. La e. siguió, no obstante, vigente hasta el s. XVIII, aunque solapada con otras instituciones de trabajo obligatorio prehispánicas, como la encomienda en el Derecho UsualEn general, encargo, comisión o mandato. Recomendación, alabanza, elogio. Amparo, custodia o defensa. En Sudaménca, paquete postal. En las antiguas órdenes militares, dignidad dotada de rentas que era concedida a algunos caballeros. Territorio y lugar de tal encomienda y rentas que producía. En las órdenes civiles, dignidad o cargo de comendador. En el Derecho feudal o señorial,,renta o merced vitalicia con que estaba gravado^ un heredamiento o territorio.En la América española, pueblo asignado a un encomendero, con derecho a percibir tributo del mismo, pero con la obligación de enseñarle la doc- trina y de defender las personas y los bienes de los indios. Esta importantísima institución de los primeros tiempos de la colonización americana se entronca para algunos con la antigua encomienda feudal española o, para otros, con veneración por las instituciones indígenas, con la milpa mexicana. Antecedente más concreto se encuentra en los mantenimientos que Colón impuso a los indios, que consistían en la obligación de labrar las tierras para sostenimiento de los conquistadores, para no dejar inculto el suelo, y dar así vida a la industria y al comercio. Una carta patente de 1497 autorizaba ya el reparto de tierras entre los españoles y disponía que el cacique a quien correspondiera la demarcación, o su gente, la labrara. La ley 1% tít. VIII, libro VI de la Recopilación de Indias ordena: "Luego que-se haya hecho pacificación, el adelantado, gobernador o pacificador reparta los indios entre los pobladores, para que cada uno se encargue de los que fuesen de su repartimiento y los defienda y ampare, proveyendo ministro que les enseñe la doctrina cristiana y administre los sacramentos guardando nuestro patronazgo, y enseñe a vivir en poli cía". La fórmula usual en estos repartimientos era: "A vos. Fulano, se os encomiendan tantos indios en tal cacique y enseñarles las cosas de nuestra santa fe católica". De esta fórmula procede el que se diera nombre de encomienda a las tierras repartidas junto con los indios correspondientes, y se llamara encomendero a los que tenían unas y otros a su cargo. Más que un sistema de trabajo, constituyeron una tributación, a cambio de los beneficios de doctrina, justicia y defensa que el encomendero debía proporcionar; hasta el punto de haber sido calificados los encomenderos de misioneros civiles. El que obtenía una encomienda debía prestar juramento de proteger a los indios, procurar su conversión al cristianismo y encaminarlos a la civilización; no podía alquilarlos ni darlos en prenda; había de ampararlos y evitarles agravios. Si no cumplía con estos deberes, impuestos en el tít. IX del libro VI de las Leyes de Indias, estaba obligado a restituir los frutos percibidos. Para impedir la opresión, se le prohibía al encomendero habitar más de una noche seguida entre sus indios. Los únicos trabajos a que podían ser constreñidos los indios eran los de primera necesidad, como la construcción de puentes y caminos. Las encomiendas no fueron concedidas a título perpetuo, sino como feudos de la corona. Luego de dos generaciones, o cuatro a lo sumo CI1 México, las encomiendas revertían a la corona, y los indios pasaban a ser vasallos directos de la monarquía. Desde 1538 se dispuso que las encomiendas se concedieran tan sólo a quienes residieran en el Nuevo Mundo y se prohibió concederlas a empleados, hospitales, conventos y hermandades.
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Historia, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |