sustantivo femenino ( f.) Veterinaria ( Veterinaria (Vet.)) Enfermedad que ataca a una o más especies animales de un territorio determinado.
    Chile. Glosopeda. ¤ EPIZOÓTICO, CA .

    epizootia en el Derecho Usual

    Enfermedad transitoria pero extendida entre determinados animales de una comarca o entre la generalidad de los que interesan al hombre, ya para su alimentación o para aliviarle en los trabajos. Se corresponde con las epidemias que atacan a las personas, y determinan asimismo extremar el celo, para evitar los contagios y disminuir la mortandad entre el ganado.
    En España se dictó una Ley de epizootias el 18 de diciembre de 1914 y su Reglamento respectivo el 30 de agosto de 1917, además de numerosas disposiciones complementarias, entre las cuales deben destacarse las que tratan de prevenir la transmisión de las enfermedades epizoóticas al hombre.
    Las epizootias, y en general las enfermedades del ganado, poseen influencia en su compraventa, (v. EPIDEMIA, VICIOS REDHIBITORIOS.)
Tema: Derecho General, Que es, Veterinaria

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Publicado el 13/06/2018.