Política (Pol.) El de una población ( pob.) en tiempo de guerra, y el que a éste se equipara por motivos de orden público.

    estado de guerra en el Derecho Usual

    Con propiedad, el que plantea la ruptura de hostilidades por un conflicto armado con otra nación; o, internamente, en el supuesto de una guerra civil. Con carácter político, por estado de guerra se entiende situación excepcional que obliga a la autoridad civil a resignar sus atribuciones en la militar, ante una grave anormalidad de orden público, frente a una amenaza inminente para la paz pública de un país, cuando se ha iniciado ya .una sedición, rebelión, etc., o si se ha desencadenado una serie de • actos de terror o de desobediencia contra el orden legal establecido, (v. ESTADO DE ALARMA y DE SITIO.)
Tema: Derecho General, Política, Que es

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Publicado el 13/06/2018.