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eutanasia

f. Muerte provocada para evitar sufrimiento físico.

sustantivo femenino ( f.) Medicina (Med.) Muerte sin sufrimiento físico.
Filosofía (Fil.) Teoría que defiende la licitud de acortar la vida de un enfermo incurable, para poner fin a sus sufrimientos físicos. ¤ EUTANÁSICO, CA .

eutanasia en el Derecho Usual

Muerte sin dolor. Canónicamente, muerte sin remordimiento o en estado de gracia; muerte sin dolores del alma.
En el moderno Derecho Penal y en la medicina del siglo xx, por eutanasia se entiende la muerto piadosa que se da a los enfermos cuya curación se tiene por imposible, y cuando se encuentran sometidos a sufrimientos que los anestésicos y otros recursos de la ciencia no pueden suprimir ni siquiera paliar. El problema gravísimo consiste en la determinación técnica de que es incurable el mal y el sufrimiento inaplacable.
Contribuyen a las esperanzas de salvación los sorprendentes descubrimientos de la ciencia moderna, que cada vez va reduciendo el número de las enfermedades contra las cuales no cabe luchar. Ha vencido así totalmente o casi por completo, a la difteria, a la viruela, a la rabia; ha dominado gran número de infecciones, la pulmonía, las enfermedades venéreas, la tuberculosis, el tifus, etc.
En los códigos penales, no existe eximente al respecto. Así, ni siquiera ante la petición del enfermo cabe proceder; puesto que la cooperación al suicidio está castigada con prisión mayor (pena desde Juego menor a la del homicidio), en el art. 409 del Cód. Pen. esp.

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