«exceptiones in rem scriptae»


    Locución latina. Excepciones genéricas u objetivas, que se limitaban a la exposición de los hechos alegados por el demandado, de modo impersonal, lo cual permitía oponerlas como defensa contra cualquier demandante. (v. "EXCEPTIONES IN PERSONAM".)
Tema: Latin, Que es

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Publicado el 17/06/2018.