«exceptiones rei cohaerentes»


    Locución latina. Excepciones relativas a la cosa, lo cual facultaba para que cualquiera de los interesados pudiera invocarlas, y oponerlas a quienquiera que alegase un derecho determinado sobre la cosa. (v. "EXCEPTIONES PERSONAE COHAERENTES".)
Tema: Latin, Que es

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Publicado el 17/06/2018.