Jojooa

«fiducia cum creditore»

Locución latina. Contrato de fiducia o confianza con el acreedor. En el Derecho romano se estilaba a veces transmitirle así al acreedor la propiedad de la cosa que servía para garantizar el pago de una deuda o el cumplimiento de otra obligación; pero con la convención de que el acreedor se comprometía a devolverla al deudor cuando éste pagara o cumpliera lo debido.

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