sustantivo masculino ( m.) Botánica (Bot.) Órgano propio de las plantas fanerógamas, producto de la fecundación del ovario, y que contiene las semillas. El fruto protege y nutre a la semilla que se desarrolla tras la fecundación, y, con frecuencia, participa en la diseminación. Consta de pericarpio y semilla.
    Biología (Biol.) P. ext. , el hijo que se está formando en el seno de una mujer.
    Agricultura (Agr.) Cualquier producción de provecho que dé la tierra.
    • La del ingenio o del trabajo humano. fig. Utilidad, provecho.

    fruto en el Derecho Usual

    Producto de la fecundación de las plantas. Los frutos, de variadísimos tamaños, formas y sabores, son comestibles en su mayoría, o poseen otras aplicaciones útiles para el hombre y para los animales. Toda producción provechosa de la tierra. Obra del ingenio, del trabajo o del esfuerzo humano. Beneficio, utilidad, provecho, (v. FRUTOS.)
Tema: Agricultura, Derecho General, Que es

'«fruto. «' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 14/06/2018.