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verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Hacer público o común algo. • verbo transitivo ( tr.) Considerar y tratar en común cualquier cuestión, sin contraerla a caso determinado. • Filosofía (Fil.) Abstraer lo que es común a muchas cosas para formar un concepto general que comprenda todas. generalizar en el Derecho UsualDar carácter público a una cosa. Hacerla común Abordar una cuestión sin ceñirse a un caso determinado. Formar, por abs tracción de notas esenciales y comunes, un concepto comprensivo de diversas cosas. El legislador, precisamente, redacta los textos generalizando.
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Filosofía, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |