tr. Hacer pública una cosa. Ú.t.c.prnl. (se generalizó la noticia de su llegada). Considerar una cuestión sin entrar en detalles. Sacar lo esencial y común a muchas cosas para formar un concepto general a todas.

    verbo transitivo ( tr.) y pronominal ( prnl.) Hacer público o común algo.
    • verbo transitivo ( tr.) Considerar y tratar en común cualquier cuestión, sin contraerla a caso determinado.
    Filosofía (Fil.) Abstraer lo que es común a muchas cosas para formar un concepto general que comprenda todas.

    generalizar en el Derecho Usual

    Dar carácter público a una cosa. Hacerla común Abordar una cuestión sin ceñirse a un caso determinado. Formar, por abs tracción de notas esenciales y comunes, un concepto comprensivo de diversas cosas. El legislador, precisamente, redacta los textos generalizando.

Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Filosofía, Que es

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Publicado el 5/06/2018.