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sustantivo masculino ( m.) Hacienda. • Derecho (Der.) Economía (Econ.) Conjunto de bienes y "derechos de una persona natural o jurídica. • Cantidad que se devenga periódicamente en retribución de servicios personales. • Contabilidad (Cont.) Una de las dos partes en que se divide un libro contable y en la cual se registran las cantidades que se acreditan. • fig. Cualidades positivas en una persona o cosa. cia tr. Poseer, tener una cosa. • Apoderarse uno de alguna persona o cosa. • Gramática (Gram.) Verbo auxiliar que sirve para conjugar otros verbos en los tiempos compuestos. • impers. Se usa sólo en tercera pers. del sing. y en el infinit. • Acaecer, ocurrir, sobrevenir. • Verificarse, efectuarse. • Estar realmente en alguna parte. • Hallarse o existir. • Denotando transcurso del tiempo, hacer. • prnl. Portarse, proceder bien o mal. ¤ . haber en el Derecho UsualComo verbo, tener, poseer. Apoderarse de algo o de alguien; como cuando se dice: "Los delincuentes no fueron habidos". | | Suceder, ocurrir, pasar. Verificarse, celebrarse.La locución habérselas con alguien quiere decir contender, disputar o enfrentarse con él. Como substantivo, y en Derecho Civil, significa caudal, hacienda, patrimonio, el conjunto de bienes o derechos de una persona natural o jurídica. Suma o cantidad que se devenga o percibe periódicamente por los servicios personales prestados. En tal sentido, es- sinónimo de jornal o sueldo, de ingresos en general. En Derecho Mercantil, y en contabilidad, activo o crédito de una persona, contrapuesto al debe o pasivo. En los libros y en las cuentas, el haber es una de las dos partes o columnas que se emplean, la destinada a las sumas que se acreditan o descargan al titular de la cuenta. Por compensación contable, el Haber del que abre la cuenta forma su débito y el crédito de aquel a quien se lleva. Se habla de haber hereditario, social o conyugal, para referirse a la masa de bienes que forman el activo de la sucesión, de la sociedad conyugal o de la de otra índole. En Derecho Procesal, haber, en la acepción verbal, se utiliza como sinónimo de tener, en frases como haber presentado un escrito, haber por confeso, etcétera. En materia mercantil, y como encabezamiento del libro de inventarios y balances, el comerciante incluirá su haber o, según los términos del art. 37 del Cód. de Com. esp., "la relación exacta del dinero, valores, créditos, efectos al cobro, bienes muebles e inmuebles, mercaderías y efectos de todas clases, apreciados en su valor real". La proporción favorable o negativa entre el haber y el debe determina el saldo, los beneficios o pérdi- das y el crédito o la insolvencia.
Tema: Contabilidad, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 5/06/2018. |