Jojooa

hombre

m. Ser animado racional. Bajo esta acepción se comprende todo el género humano. Varón, persona de sexo masculino. El que ha llegado a la edad adulta o viril.

sustantivo masculino ( m.) Antropología (Antr.) y Zoología (Zool.) Animal racional clasificado desde el punto de vista zoológico como mamífero del orden de los primates, suborden de los antropoides y clase de los homínidos.
• Especie humana, en general.
• Varón.
• El que ha llegado a la edad viril.
• Marido, esposo.
• Juego de cartas, del que hay varias especies. ¤ HOMBRACHO ; HOMBRADA ; HOMBRADÍA ; HOMBRUNO, NA ; HOMINAL ; HOMINICACO ; HOMÚNCULO .

hombre en el Derecho Usual

Genéricamente, el animal racional; todo individuo de la especie humana, cualquiera sea su edad y sexo. Dentro del género humano, el ser perteneciente al sexo masculino, el varón. Más restringidamente aún, el adulto, por oposición al niño, e incluso al joven. Entre el vulgo, marido. | | Salvo expresa excepción legal en cuanto a la capacidad, hombre equivale a persona en el Derecho moderno, al desaparecer siervos y esclavos.
De no referirse el legislador específicamente a los varones, en la palabra hombre han de entenderse comprendidas las mujeres, por contraponerse así a los animales, a las cosas, o a las personas jurídicas, sociales, incorporales o morales. En este aspecto particular, el hombre se denomina persona física, individual, corporal, de existencia visible, etc.
Sólo el hombre, directa o indirectamente, es sujeto de derechos y objeto del Derecho, (v. MUJER, PERSONA, VARÓN.) (1.381, 2.841, 5.259, 5.398, 6.121, 6.349.)

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