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Siempre ha sido fuertemente resistido por los procesalistas civilistas, por el hecho de quebrar el principio del derecho procesal común que sostiene que el “onus probandi” corresponde a quien afirma. Sin embargo partiendo del incuestionable principio de “desigualdad económica “existente entre los sujetos de una relación o contrato de trabajo, impone la necesidad para contrarrestar de crear una desigualdad procesal en “favor del trabajador". Para ello, cuando el trabajador reclame el cumplimiento de obligaciones impuestas por la ley, o convenciones colectivas. Cuando se trate de reclamos vinculados con las obligaciones del empleador como es abonar remuneraciones y otras prestaciones establecidas para la relación de trabajo, o llevar libros exigidos por la ley de cumplimiento obligatorio, siempre LA PRUEBA LE CORRESPONDERÁ AL DEMANDADO EMPLEADOR . Este principio de inversión de la carga de la prueba refiere: Consecuencia de esta obligación, es que la ausencia de prueba por el empleador en los supuestos de inversión, provocará un efecto presuncional de veracidad de las afirmaciones del trabajador reclamante.-
Tema: Derecho Laboral, Que es
'inversion de la carga probatoria' aparece también en las siguientes entradas:
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Publicado el 17/06/2018. |