Jojooa

jardín

m. Terreno donde se cultivan plantas con flores, arbustos y que a veces se adornan con fuentes. de infantes. Escuela donde se educan los niños de edad preescolar.

sustantivo masculino ( m.) Terreno en se cultivan plantas, en especial ornamentales.
Marina y Naútica (Mar.) En los buques, retrete.
• Mancha que deslustra y afea la esmeralda.

jardín en el Derecho Usual

Lugar ameno, con flores, plantas de adorno, árboles de sombra, frutales, fuentes y estatuas, u otras comodidades y refinamientos. El Cód. Civ. esp. menciona la voz al ocuparse de las ramas de los árboles que se extiendan sobre una heredad, jardines o patios vecinos, caso en que el dueño de éstos puede exigir que se corten; y si son raíces del predio contiguo, puede cortarlas por si mismo aquel en cuyo terreno penetren (art. 592).
El Cód. Pen. esp. también se preocupa de la protección de lugares tan gratos y convenientes para la salud, al castigar como falta, en su art. 579, a quienes apedreen o manchen o causen un daño cualquiera en parques, jardines o paseos, aun cuando pertenezcan a particulares; pena que consiste en multa del duplo al cuádruplo del daño causado, (v. ÁRBOL.)

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