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Desde el siglo xiv, el "Jus Gentium" comenzó a referirse a la regulación de la capacidad de los extranjeros y a sus derechos civiles; es decir, como sinónimo de Derecho Internacional Privado. No obstante, subsiste aún cierto matiz de Derecho Público, por cuanto el Cód. Pen. esp. castiga como delitos contra el Derecho de Gentes la muerte de un jefe de Estado extranjero, las lesiones o ataques contra él y las violaciones de su inmunidad personal Hoy se llama "Jus Gentium" la mínima conciencia jurídica, la pura equidad traducida en reglas umversalmente seguidas, inspirado en el pensamiento de Vitoria, para el cual el "Jus Gentium" es el derecho que la razón natural ha establecido entre todos los pueblos.
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Publicado el 17/06/2018. |