Jojooa

«jus in re propria»

Locución latina. Derecho sobre la cosa propia, como las facultades dominicales sobre el bien que integra la propiedad. La imposibilidad jurídica de tener derechos ajenos o independientes sobre lo propio se manifestaba pálidamente en la extinción de las servidumbres y del usufructo por reunirse en una misma persona la propiedad de los predios dominante y sirviente o la condición de usufructuario y nudo propietario.

Exit mobile version