Locución latina. Derecho de la sangre, de la familia o de la patria de origen. Consiste en el régimen que determina la nacionalidad, cuando los hijos nacen en el extranjero, por la ciudadanía de los padres. Es el predominante en casi todos los países europeos, donde los hijos de los extranjeros, extranjeros también en principio, sólo tienen derecho de opción al alcanzar determinada edad (los 18 años, la prestación del servicio militar en los varones o la mayoría de edad) para adoptar definitivamente como patria suya la del país de nacimiento.
    El principio contrapuesto se denomina "Jus solí (v.e.v.).

Tema: Latin, Que es

'«jus sanguinis»' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 17/06/2018.