m. Acción de lanzar, de arrojar una cosa. Despojo de una posesión o tenencia por orden del juez.
sustantivo masculino ( m.) Acción de lanzar o arrojar una cosa.
• Hacer partir un cohete, un proyectil o una aeronave mediante algún sistema de propulsión.
• Deporte (Dep.) En ciertos juegos de balón, acción de lanzar la pelota para castigar una falta.
lanzamiento en el Derecho Usual
El acto de obligar a uno, por fuerza judicial, a dejar la posesión que tiene. Es diligencia propia del período de ejecución de sentencia en los juicios de desalojo o desahucio. Para proceder esta diligencia, es necesario que la sentencia dictada por juez competente sea firme, y que medie instancia de parte. El juez deberá, al ordenar el lanzamiento, proceder de acuerdo con la ley, esto es, dando los plazos que ésta establece, (v. DESAHUCIO.)