Militar (Mil.) La que se concede a los militares, eximiéndolos completamente del servicio.

    licencia absoluta en el Derecho Usual

    En la milicia, y con relación a los soldados y clases, posee diversas acepciones: la que se concede a los militares con exención completa del servicio. La que se otorga una vez cumplido el lapso de permanencia en Tilas, con arreglo al servicio obligatorio, o concluida una guerra a los movilizados. El término de la sujeción a los compromisos militares, luego de la segunda situación de reserva; y que en el ejército español se produce normalmente a los 38 años. (v. CARTILLA MILITAR, LICENCIA TEMPORAL.)
Tema: Derecho General, Militar, Que es

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Publicado el 14/06/2018.