Locución latina. Autorización, entrega, concesión, investidura posesoria que, como medida conservatoria y en virtud de su imperium, otorgaba el magistrado romano. Provista de esa facultad, la persona que la había solicitado podía tomar posesion de ciertos bienes y tenerlos materialmente bajo su potestad, ya para garantía de un crédito, bien para resarcirse de alguna deuda con los frutos, ora para anticipar el ejercicio de un derecho, que luego se consolidaba. La protección procesal, aun sin tratarse estrictamente de una posesión de la cosa, estaba asegurada por una actio in factum o por un interdicto.