locución ( loc.) latina. Derecho (Der.) Aplícase al testamento y a ciertos actos de liberalidad, cuyo fin está determinado por la muerte y sucesión del causante.

    mortis causa en el Derecho Usual

    Locución latina. y esp. Por causa de muerte. Se refiere de modo particular a los testamentos y liberalidades que surten su efecto al morir el autor de aquéllos o de éstas.
    El matrimonio mortis causa no es sino el matrimonio in artículo mortis (v.e.y.; y además, DONACIÓN y SUCESIÓN MORTIS CAUSA). Esta locución se contrapone a ínter vivos (y.e.y.).

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Publicado el 14/06/2018.