f. Debilidad nerviosa. Conjunto de estados nerviosos que se traducen en tristeza, apatía, gran emotividad, etc.

    sustantivo femenino ( f.) Patología (Pat.) Conjunto de estados nerviosos, mal definidos, caracterizados por síntomas muy diversos, como la tristeza, el cansancio, el temor y la emotividad. ¤ NEURASTÉNICO, CA .

    neurastenia en el Derecho Usual

    "Conjunto de estados nerviosos, mal definidos, caracterizados por síntomas muy diversos, entre los que son constantes la tristeza, el cansancio, el temor y la emotividad" (Die. Acad.). La neurastenia, en cuanto modalidad de neurosis a psicosis, puede configurar trastorno mental transitorio o situación análoga a la demencia, con los efectos consiguientes de exención o atenuación penal.

Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Patología, Que es

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Publicado el 5/06/2018.