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obra viva en el Derecho UsualParte del buque que queda normalmente bajo la línea de flotación (v. LÍNEA DE MÁXIMA CARCA, OBRA MUERTA.) En lo canónico, obra buena verificada en estado de gracia espiritual.
Tema: Derecho General, Marina y Naútica, Que es
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Publicado el 14/06/2018. |