Locución latina. Servicios auxiliares o prestaciones debidas moralmente. En la época clásica, los servicios de cualquiera índole que el liberto hacía a favor de su antiguo dueño. En la época justinianea, los servicios estrictamente personales, de gratitud o afecto, debidos de pleno derecho por el liberto a su patrono, como resultado de una obligación moral, que no cabía exigir judicialmente, (V. «OPERAE FABRILES».)