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adjetivo (adj.) Relativo a la persona. • Que se refiere a una aisladoesola persona. • Subjetivo. • Gramática (Gram.) Relativo a la persona gramatical, tanto si se refiere al pronombre ( pron.) como a las formas verbales. • Gramática (Gram.) Referido al verbo, díc. también de los modos que tienen una flexión propia para indicar las personas gramaticales; tales son el indicativo, subjuntivo, potencial e imperativo. Se opone a impersonal y a no personal. • adjetivo (adj.) y sustantivo femenino ( f.) Deporte (Dep.) En baloncesto, díc. de la falta que comete el jugador que sujeta, empuja o toca de algún modo al adversario para impedir su avance. • Conjunto de las personas que pertenecen a determinada clase, corporación o dependencia. • Conjunto de los obreros o empleados de una empresa. • fam. Gente, público. • Capítulo de las cuentas de ciertas oficinas, en que se consigna el gasto del personal de. personal en el Derecho UsualConcerniente a una persona o individuo. Privativo. Peculiar. Característico. Individual.Sustantivamente, tributo pagado antiguamente por los cabezas de familia del estado general. Conjunto de personas de una clase, corporación o entidad. Empleados y obreros de. una empresa o explotación. Social, económica y laboralmente, aspectos de la producción que miran al bienestar y rendimiento de los trabajadores; como su ingreso, destino, adiestramiento, ascenso, salario, recreo, relaciones publicas, arbitraje, despidos, etc. En cuentas de oficinas y establecimientos, el gasto del personed dependiente de la misma, (v. CARCA, CÉDULA, DERECHO ESTATUTO y PRIVILEGIO PERSONAL.)
Tema: Deporte, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 6/06/2018. |