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En el enjuiciamiento penal, la presunción consiste en la inocencia del procesado; por tanto, de no probar la acusación pública o privada los hechos que alegue y él estar penados, procede la absolución, lo mismo que en caso d¿ duda. Ello no excluye el fallo basado en indicios vehementes, que presumen precisamente la ejecución aun no habiendo plena prueba directa.
Tema: Derecho General, Que es
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Publicado el 19/06/2018. |