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Como substantivo, parentesco recíproco de los hijos de hermanos o de otros colaterales equidistantes del tronco común. En la correspondencia e incluso en documentos oficiales, los reyes de España daban el tratamiento, de primo a los grandes del reino. En lenguaje familiar, por primo se entiende la persona ingenua o incauta, fácil de ser engañada, (v. TIMO.) De las diferentes especies en lo estrictamente parent&l y de sus consecuencias jurídicas, se trata en las voces inmediatas.
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Publicado el 19/06/2018. |