Pena privativa de libertad de duración indefinida y con alusión a que no se extinguirá en vida del condenado. Aunque el Cód. Pen. arg. la admite en su art. 9?, descubre que en realidad prescribe a los 20 años; ya que cumplido este plazo y de no existir malos antecedentes penitenciarios el recluso puede obtener la liberación en la forma de libertad condicional (art. 13). (v. PRISIÓN TEMPORAL.)
Tema: Derecho General, Que es

'prisión perpetua' aparece también en las siguientes entradas:


¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)



Publicado el 19/06/2018.